No, si nos ha confiado una deuda, tiene que dejarnos la gestión completa y no puede permitir que intervenga un tercero, competidor nuestro.
En ese caso, le enviamos un certificado de irrecuperabilidad para que pueda consignar la deuda en pérdidas.
En caso de no conseguir el cobro, podrá relevarnos en un asunto, mediante carta certificada con acuse de recibo, en la que solicite que se interrumpa el procedimiento y se le devuelvan los documentos que obren en nuestro poder. En … Sigue leyendo →
Además del espacio para clientes en donde puede seguir la evolución de sus asuntos, le enviaremos una notificación por mail o por fax de cada una de las acciones realizadas por escrito.