Para confiar su deuda a una sociedad de recobro como la nuestra, ésta deberá ser líquida, vencida y exigible o, dicho de otro modo, tiene que corresponder a la venta de un producto o de una prestación, cuyo importe está definido y ya haya superado la fecha de vencimiento.
Posted in: 1. ¿Cómo funciona este sistema?